La usucapión es una forma de adquirir la propiedad por prescripción (es decir, por el transcurso del tiempo), siempre que se cumplan las demás condiciones establecidas legalmente. Esta figura legal se conoce también como prescripción adquisitiva, y se regula entre los artículos 1940 y 1960 del Código Civil.
Como adelanta el título de este post, hay dos tipos de usucapión: la usucapión ordinaria y la usucapión extraordinaria. Existen ciertas diferencias entre ambas, si bien tienen en común la necesidad de que la posesión sea en concepto de dueño, pública, pacífica y no interrumpida.
A continuación analizamos qué son y en qué se diferencian la usucapión ordinaria y la extraordinaria.
