El expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo viene regulado en el artículo 208 de la Ley Hipotecaria, con una tramitación muy similar a la de los expedientes de dominio para la inmatriculación de fincas.
En este post vamos a analizar cómo se realiza la reanudación del tracto sucesivo interrumpido, qué es un expediente de dominio para reanudar el tracto sucesivo y cómo se inicia este expediente.
